España Rechaza Investigar Accidente Aéreo En Cuba

La Audiencia Nacional rechazó una denuncia realizada por cubanos relacionada con una presunta imprudencia grave en un accidente aéreo.

Se trata del siniestro ocurrido en Cuba en 2018 al desplomarse un Boeing 737 y ocasionar la muerte de todos a bordo, excepto una única superviviente.

Ahora, esta y los familiares de algunas víctimas presentaron una denuncia en tribunales españoles, cuyos detalles te contamos en este artículo. Sigue leyendo para saber todos los detalles. 

¿Qué exigen los denunciantes cubanos?

La única superviviente del accidente aéreo y familias de los fallecidos presentaron una demanda en la Audiencia Nacional contra la compañía Global Air.

El caso no habría sido de la competencia del tribunal (la compañía es mexicana), pero su director general, Manuel R. C., tiene nacionalidad española y por tanto los querellantes dirigieron a la Audiencia el litigio.

De acuerdo con estos, la compañía y su director serían culpables de 113 delitos de homicidio por imprudencia grave y otro de lesiones por Mailén Díaz Almaguer, la superviviente.

El siniestro ocurrido en 2018 fue atribuido al error humano por la compañía y las investigaciones policiales cubanas.

En aquel momento, el accidente se consideró ocurrido debido al ángulo de despegue en extremo pronunciado, que provocó pérdida de sustentación de la aeronave y su posterior caída.

Sin embargo, los denunciantes argumentan que la falta de formación de la tripulación causó parte del siniestro, pues no respondieron “de manera eficiente”.

También aluden a la falta de mantenimiento de la nave y el peligro de volar en ese estado como otra de las causas.

La querella explica que se recurrió a un tribunal externo pues no se ha determinado “responsabilidades penales ni mucho menos civiles por las autoridades de ningún estado”.

¿Qué respondió el juez?

El juez Santiago Pedraz, a cargo de solucionar el litigio, dictaminó no admitir la denuncia, tras considerar que no existe delito en los hechos acaecidos.

Aunque puede ser apelada, la decisión se basa en que el delito por el cual se acusaría a la compañía aérea se presenta cuatro años después de haber sucedido.

El letrado señala que sin contacto con las autoridades cubanas y mexicanas y en un territorio geográficamente alejado del lugar del accidente es en extremo complicado llegar a conclusiones certeras.

Además, si no se trata de una imprudencia muy grave, esta “podría haber prescrito en el tiempo”.

Otro punto que informa la prensa local al respecto y señalado por el juez es que no puede atribuirse responsabilidad penal a una persona, incluso si es el director general de la compañía, por un error humano ajeno a su voluntad.

Pedraz también habría señalado que utilizar la nacionalidad de Manuel R. C. como base para llevar el proceso a España podría ser una justificación artificial.

Alude a una querella sin fundamento suficiente y que posiblemente trae intenciones más allá de la acción penal y civil y cercana a la obtención de beneficios económicos en calidad de seguros.

De la misma forma, la Fiscalía apoyó la decisión del juez de señalar que el informe elaborado por Cuba a través de Comisión Estatal de Investigación de Accidentes de Avión contiene conclusiones que los denunciantes parecen ignorar a propósito.

El reporte, de 2019, coincide con el de la compañía en que el accidente se debió a una serie de fallos humanos.

Por otro lado, llevar a cabo una nueva investigación del siniestro no podría tener como objetivo atribuir responsabilidades penales a personas jurídicas o naturales, sino proveer de datos para evitar futuros accidentes.

Para poder cumplir con la solicitud de los querellantes, la Justicia española debería abrir un proceso y una investigación legal cuyo costo sería demasiado elevado para llevarse a término.

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