En España se reporta un considerable cambio de los precios de alquiler de vivienda en España durante los últimos tiempos, lo que ha generado preocupaciones entre quienes viven bajo esas condiciones.
Específicamente sindicatos de inquilinos de Madrid y Catalunya advierten sobre la elevada cifra de personas que acuden a ellos, por el drástico cambio de las tarifas que deben abonar, que supera los límites definidos.
En este artículo conoce por dónde andan algunas de las cifras relacionadas con el tema, y en qué medida transgreden las disposiciones gubernamentales al respecto.
Precio de alquileres por encima del límite
En marzo del presente año el gobierno determinó un aumento de los precios del 2 por ciento, pero a los caseros no les ha sido suficiente y aplican cobros superiores a esa determinación.
El límite se definió como parte de la revisión anual del alquiler, cuyos contratos generalmente están asociados con el Índice de Precios del Consumo.
Como causas del problema se señalan la falta de conocimiento de algunos arrendatarios sobre la medida, aunque también los propietarios han irrespetado lo establecido.
Algunas personas en Madrid han sido notificadas de aumentos hasta de un 4,76 por ciento, lo que ha implicado que el costo de un apartamento, en determinados casos ascienda de 971 euros a 1017, fundamentado en una Revisión basada en el Real Decreto del Gobierno, y aumento del IGC.
No obstante se precisa que el IGC tiene varias especificaciones para evitar cambios radicales, cuando su tasa de variación es negativa, el valor que toma es cero.
En caso de que el IGC pase del 2 por ciento la referencia que se toma es ese 2 por ciento, así se definió desde el Real Decreto, para asegurar un tope en cuanto a las rentas, al menos hasta el cierre del año.
Las anteriores cuestiones no están siendo contempladas en las cartas de notificación, que reciben algunas personas en las cuales se les informa del aumento del precio de las rentas.
Aunque hay quienes han hecho las reclamaciones pertinentes a las empresas apoyados por el Real Decreto en sus defensas, han tenido como respuesta de las empresas que ese límite no aparece de manera clara en la disposición, y debido a ello la subida se mantiene.
Algunas personas perjudicadas reconocen que esos aumentos son ilegales, pero otras desconocen la normativa, y por no saber sus derechos asumen el cambio en la tarifa.
No obstante ya hay quienes han buscado asesoría en el Sindicato de Inquilinos de Madrid, en el cual se contabilizaron, por ejemplo, más de 70 reclamaciones en septiembre.
Hay empresas propietarias que reaccionan con amenazas a quienes están arrendados, al decirles que no le renovarán los contratos, o modificar la actividad, y que se muevan a domicilios de familiares directos, para luego rescindir de contrato.
Frente a esta situación algunos propietarios acuden a otras opciones como arrendamiento por temporada, el arrendamiento turístico, o el arrendamiento que ofrecen empresas a trabajadores.
Por otra parte, existen caseros que se aprovechan de las circunstancias, y aumentan los precios, convencidos de que no serán denunciados por el costo que significan esos procesos legales.
Se conocen casos de personas arrendadas que optan por comunicar su inconformidad a la empresa, rechazar el aumento de la tarifa, y abonar en la cuenta del casero la cantidad que ya han estado pagando habitualmente.
La abogada de la Red Jurídica, Silvia Beltrán, precisa que en el año los aumentos que superen el 2 por ciento son ilegales, al menos º, y la cifra máxima que podría pagar un inquilino está determinada por ese tope, sin que ello implique violación del contrato.