Recientemente la Agencia Tributaria en España ha decidido establecer algunas normativas, en cuanto a los límites para las Transferencias y Bizums.
Esta agencia es la encargada de la cobranza de impuestos a los ciudadanos españoles. Por ello, es una institución que en tal sentido genera temores, sobre todo cuando llega el momento de realizar la declaración de ingresos.
En este contexto de análisis, existen muchas inquietudes sobre cómo Hacienda maneja la declaración de rentas en el terreno de las transferencias bancarias y a partir de qué cuantía la institución decide investigarlas. Si deseas saber más sobre este tema, sigue leyendo.
En los últimos tiempos a partir del desarrollo de la banca electrónica, las transferencias bancarias se han convertido en una alternativa de envío de dinero muy utilizada.
Últimamente su uso va en ascenso producto a la agregación de Bizum a las opciones de servicios. Mediante estas herramientas se viabiliza el intercambio de considerables cantidades de dinero en cuestión de segundos o pocos días.
Por ejemplo; por medio de Bizum es posible transferir una cantidad límite de 500 euros con solo ejecutar unos pocos pasos, mientras que de haberse realizado mediante una transferencia bancaria la cifra a declarar sería totalmente distinta.
La Ley General Tributaria tiene establecido que los bancos están en la obligación de facilitar a la Administración Tributaria todo tipo de informes, datos, justificantes y antecedentes con trascendencia de esta índole, los que se deriven de los nexos profesionales, económicos o financieros creados con otras personas, al igual que las que tengan relación con el acatamiento de sus propias obligaciones tributarias.
Puntualmente, a partir de 10.000 euros es que se exige que se declare ante Hacienda.
Es decir, todo ciudadano español que realice una transferencia bancaria de esta cantidad en adelante está obligado a incorporarlo en su declaración de impuestos.
En caso de no declararse a la Agencia Tributaria las transferencias que se realizan por una cantidad igual o superior a los 10.000 euros, se pueden emitir sanciones a quienes evadan este proceder.
En tal sentido, los contribuyentes deben notificar esta transferencia por medio del modelo SI. En caso de que la persona no siga esta indicación tendrá que enfrentarse a una sanción de aproximadamente 600 euros o incluso de hasta el 50% del monto transferido.
De igual modo, si el origen del dinero no se justifica debidamente se pondrán imponer multas que pueden ser leves (hasta 60.000 euros); o también muy graves (por encima de los 150.000 euros)
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